11 may 2023

¡Unánime! Sala del Senado aprueba modificaciones y prórroga de la Ley de Riego

Jueves 11 de Abril de 2023.-  De manera unánime se aprobó en Sala del Senado la indicación sustitutiva de la ley 18.450 de Riego que presenta reformas relevantes en la entrega de recursos y el desarrollo sustentable y equitativo de los territorios. 

“Estamos “requetecontentos” con algo tan significativo para el país como es la Ley de Riego. Se ha logrado un acuerdo después de 2 años de trabajo que estuvo trabado. Podremos focalizar más los recursos de riego en pequeños, medianos y medianos-grandes, en las comunidades, los sistemas de canalización de las comunidades de riego con un trabajo increíble de diálogo y colaboración”, celebró el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela.  

Asimismo, el secretario de Estado destacó “el trabajo impecable de la Comisión Nacional de Riego, encabezada por Wilson Ureta, buscando con datos, flexibilidad y modernidad, incorporar esta nueva ley de riego que sale ya del Senado hacia la Cámara”. 

La nueva Ley de Riego busca modernizar las garantías de seguridad hídrica para los pequeños agricultores, así como lograr eficiencia en el uso del agua, incorporar agricultura de riego en zonas rezagadas, el mejoramiento continuo de sistemas de riego para lograr adaptación al Cambio Climático y seguridad y soberanía alimentaria, todo con la idea de avanzar en un desarrollo rural y territorial sostenible y equitativo. 

Por su parte, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego (CNR), Wilson Ureta señaló que “ha sido un trabajo muy largo que para la Comisión Nacional de Riego nació el año 2021 y el año 2022 con la administración del gobierno de Gabriel Boric, ingresamos una indicación sustitutiva que integraba sobre todo aspectos de focalización de los recursos, de objetivar quienes son los beneficiarios de la ley de riego, ampliar los tipos de proyectos y un mayor incentivo a la pequeños agricultura para que postulen a este instrumento”. 

Uno de los puntos destacados en la modificación legal es la focalización en la pequeña y mediana agricultura. Se establecen en el texto legal nuevas pautas de estratificación en las que se establece como nuevo criterio los ingresos anuales por ventas y servicios de los postulantes, incluyendo todas sus entidades relacionadas. Sólo podrán postular aquellos agricultores que posean ingresos anuales por ventas menores o iguales a 50.000 UF. 

Además, se aumenta la bonificación máxima a la que pueden acceder los pequeños productores agrícolas y campesinos desde un 90 a un 95% del costo total del proyecto y se modifican los Programas Especiales de Pequeña Agricultura incrementando los montos de bonificación de 400 UF a 1.000 UF para proyectos individuales. Además, se incorpora una nueva línea especial para proyectos asociativos de pequeños agricultores cuyo monto no supere las 5.000 UF. 

“Se sube de 400 UF y asociativamente pueden llegar a proyectos mucho mayores para que la tecnificación del agua y su cuidado llegue a la productividad de todos los actores de nuestra agricultura en los desafíos del siglo XXI, por 7 años hasta el año 2030”, explicó el ministro Valenzuela.  

ASIGNACIÓN DE RECURSOS 

En el texto se destaca también nuevas condiciones para la asignación de recursos a los agricultores, en ellas, cuando lo establezcan las respectivas resoluciones de la Dirección General de Aguas (DGA), no podrán acceder a los beneficios los proyectos que incorporen nuevas superficies de riego en las zonas de prohibición o con declaraciones de agotamiento, según los Arts. 63 y 282 del Código de Aguas.  

Asimismo, se exigirá acreditar, cuando corresponda, que el proyecto cumple con lo dispuesto por la Ley N° 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, con validación de CONAF. 

No tendrán acceso a bonificaciones los proyectos de revestimiento de obras o entubamiento de canales emplazados en un radio de 200 metros alrededor de un Servicio Sanitario Rural o de mil metros en zonas de escasez hídrica, de conformidad al artículo 314 del Código de Aguas y tampoco podrán ser bonificados proyectos de drenaje emplazados en humedales y turberas.   

SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 

La ley y su reglamento considerarán como marco los instrumentos de ordenamiento territorial y gestión de cuencas vigentes. 

Se bonificarán proyectos con inversiones anexas que consideren objetivos ambientales, tales como favorecer el ahorro y uso eficiente del agua; el uso de aguas pluviales; la reutilización de aguas residuales; conservación de la biodiversidad, del suelo y del recurso hídrico; soluciones basadas en la naturaleza y otros similares. 

Se podrá requerir que los proyectos extra prediales contemplen medidas para mitigar los impactos ambientales que estos puedan producir, tales como abrevaderos para fauna, sistemas para recarga de acuíferos, u otros, así como obras de captación para el control de incendios. 

Finalmente, el Secretario Ejecutivo de la CNR sostuvo que “estamos muy optimistas de que en la última etapa de este proyecto que se hará en la cámara de diputados podamos lograr los mismos acuerdos transversales poniendo a los agricultores por delante, en especial a los pequeños y medianos para tener una agricultura más justa, sustentable, pero también productiva”.  



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