Viernes 05 de Agosto de 2022.- (Dirección General de Aguas) Recientemente la Dirección General de Aguas Región de Atacama del Ministerio de Obras Públicas aplicó el procedimiento eleccionario establecido en el artículo 230 del Código de Aguas, el que señala que “Si por cualquier causa no se eligiere oportunamente el directorio, continuará en funciones el anterior. Éste deberá citar a la mayor brevedad a la junta general para proceder a esa designación y si no lo hiciere, cualquier comunero podrá recurrir ante la Dirección General de Aguas, para que la convoque en la forma prescrita en los artículos 220 y 221. La reunión se efectuará en presencia de un Notario o de un funcionario designado por el Director General de Aguas, quien levantará acta de ella y actuará como Ministro de Fe”.
El procedimiento ejecutado por el equipo regional de la DGA se llevó a cabo el sábado pasado en las instalaciones de la ONG Filadelfia en la comuna de Vallenar. La instancia fue apoyada por el abogado de la DGA, Carlos Venegas, la Ingeniera Valeska Vásquez y liderados por el Director Regional de Aguas Rodrigo Sáez, quienes constataron que cada comunero estuviera correctamente habilitado antes de votar, para luego recibir cada sufragio de manera clara y transparente, finalizando con el conteo de votos y validación de los resultados.
Sobre el tema Rodrigo Sáez, informó “el proceso es pionero en la Región de Atacama y además un éxito en materia de aplicación del artículo 230 del Código de Aguas. La DGA como Órgano de Administración del Estado siempre estará presente ante una solicitud clara y sin controversias de su participación como garante del proceso de elecciones de las Organizaciones de Usuarios de Aguas que lo requieran”.
Por su parte, el Seremi MOP, Mauricio Guaita Juantok señaló que “el fortalecer, apoyar y escuchar a las Organizaciones de Usuarios de Aguas y además supervigilarlas a través de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas es un mandato del gobierno del Presidente Gabriel Boric, ya que dichas comunidades administran un bien nacional de uso público muy valioso como lo es el agua”.
Para finalizar Saéz agregó, “estamos observando muy detalladamente los procesos que están ocurriendo en la región en materia de administración de los recursos hídricos y no descartamos que, si los antecedentes y las facultades de la Dirección General de Aguas así lo permiten claramente, se apoyará a otras Organizaciones de Usuarios de Aguas en el futuro cercano aplicando nuevamente el artículo 230, ya que la experiencia reciente demuestra que somos garantes de procesos ordenados y transparentes”.
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