Sábado 05 de Marzo de 2022.- (SERNAMEG Atacama) El Juzgado de Garantía de Copiapó reformalizó el caso de connotación pública nacional que quedó al descubierto durante el 2021, cuando una periodista regional descubrió una cámara oculta que tomaba grabaciones de ella, y de otra compañera de trabajo, en el lugar donde se cambiaban de ropa antes de entrar al aire en el noticiero del canal de televisión en el cual desempeñaba sus funciones.
Ambas víctimas, son representadas por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, a través de la abogada Camila Morales Sepúlveda, quien durante el 2021 presentó una querella en nombre de ambas.
Al respecto, la directora de Sernameg Atacama, Camila Tapia Morales, señaló que “este caso engloba situaciones que no podemos obviar como sociedad. No solo estamos hablando de que el imputado está siendo investigado por sus responsabilidades penales, además aquí existen situaciones de violencia ocurridas en un contexto laboral, en donde un jefe toma imágenes sin consentimiento de dos mujeres, trabajadoras y subordinadas, constituyendo diversas infracciones y configurando actos de discriminación contra la mujer desde la normativa internacional”.
Además, agregó que “hoy lo más importante es que estos actos NO los debemos normalizar bajo ningún punto de vista, ya que genera profundas afectaciones en las víctimas, cuando no entendemos la gravedad de estas situaciones, lo que va generando una responsabilización de los hechos en las víctimas y no en el victimario. Relevar estas situaciones es tarea de todas ”.
La reformalización fue por el mismo delito imputado en primera instancia, una falta contra la protección a la vida privada de las personas, pero ahora en carácter reiterado y consumado y como autor material de los hechos.
Desde el SernamEG, la abogada Camila Morales Sepúlveda, agregó “en este lamentable caso, la reformalización nos señala que existía una conducta reiterada del imputado la que solo cesa en la medida que es descubierto, lo anterior no puede ni debe ser mirado a la ligera ya que lo anterior no solo configura la reiteración de delito, sino que nos muestra una normalización por parte del imputado de una conducta que atenta contra los Derechos de las víctimas no solo desde el ámbito penal, sino en el contexto laboral y por sobre todo sus derechos fundamentales como mujeres”.
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