Lunes 26 de Julio de 2021.- (Seremi de Justicia y Derechos Humanos Región de Atacama) La Seremi de Justicia y DD.HH, Margarita Contreras destacó los detalles del proyecto de ley presentado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín para modificar el Código Penal y tipificar de mejor manera los delitos asociados a la Explotación Sexual Comercial en contra de Niños y Adolescentes.
La ESCNA comprende diferentes hechos donde los derechos de los niños y adolescentes son vulnerados, a través de la prostitución infantil; de la trata con fines de explotación sexual; del turismo sexual infantil; de la producción, promoción y distribución de pornografía de menores de edad, entre otros graves delitos.
Sobre el proyecto la autoridad regional precisó “esta iniciativa aborda unas de las vulneraciones más graves en contra de la infancia y adolescencia. Este proyecto busca garantizar que los niños y adolescentes tengan el acceso a la justicia y reparación del daño por las vulneraciones sufridas. Por ello, para perseguir penalmente este delito se están fortaleciendo las herramientas con las que cuentan las policías, la fiscalía y los distintos órganos que tienen competencias en estas materias para castigar y sancionar penalmente a quienes cometen estos delitos”.
La seremi de Justicia y DD.HH explicó que “estos delitos representan graves vulneraciones a los derechos humanos y tiene la complejidad de ser un fenómeno difícil de abordar, dado su carácter clandestino, itinerante e invisible. Por ello, necesitamos actualizar nuestra legislación y particularmente modificar el Código Penal, para que los delitos que se asocian a estas prácticas estén debidamente tipificados y sean sancionados de la forma más dura posible”.
En Chile, entre el 2017 y 2019, los Programas de Protección Especializada en Explotación Sexual Comercial (PEE) del Servicio Nacional de Menores atendieron un total de 4.286 casos de ESCNA. De esos, 3.861 eran mujeres (90%) y 425 hombres (10%), siendo la mayor parte de las afectadas (88%) adolescentes de 14 años o más.
MODIFICACIONES
Debido a la estructura actual del Código Penal, la ESCNA no se encuentra debidamente tipificada, dado que regula principalmente bajo los delitos de “prostitución infantil” y de “obtención de servicios sexuales de menores de edad”, sin una mayor especificación.
Por ello, con este proyecto de ley, se introduce un nuevo párrafo al Código Penal, relativo al “proxenetismo, explotación sexual comercial, y pornografía de niños y adolescentes”, que permitirá darle un tratamiento correspondiente al fenómeno.
En este sentido, se pretende cambiar el delito de “prostitución infantil” por el de “explotación sexual de una persona menor de dieciocho años”, donde se considerará una pena mayor en los casos en que el ilícito se realice por la dependencia personal o económica del niño o adolescente.
Asimismo, se creará un nuevo artículo que regulará la producción, comercialización, importación, exportación, distribución, difusión y exhibición de material pornográfico infantil, sancionando a quienes a lo elaboren, adquieran y posean.
La presentación de este proyecto de ley se contextualiza en el “IV Marco para la Acción Contra la Explotación Sexual Comercial de niños y adolescentes”, cuya coordinación pasó desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
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