13 feb 2015

Servicio de Salud orienta a funcionarios honorarios en incorporación al sistema previsional

Viernes 13 de Febrero de 2015.- En pleno proceso  de los cambios del sistema de cotizaciones previsionales de trabajadores que emiten boleta de honorario, el Servicio de Salud de Atacama a través de la Sub Dirección de Recurso Humano convocó a los funcionarios contratados bajo este sistema para instruirlos de términos generales   sobre los beneficios de la obligación de cotizar, que comienza a regir desde el año 2015. 

La Sub Directora de Recursos Humanos del SSA, Julia Salas,  señaló que  la iniciativa de informar sobre lo que se viene en materia previsional para todos los trabajadores a honorarios “pasa por explicar los beneficios que se reciben por cotizar como el tener Pensión de vejez y vejez anticipada, Pensión de invalidez, Pensión de Sobrevivencia y Cuota Mortuoria. Muchos tienen dudas e incertidumbre y lo más importantes que este nuevo etapa es aclararles que tendrán más derechos”.  

A la reunión realizada en instalaciones del mismo Servicio de Salud, llegaron un número importante de funcionarios a honorarios que lograron aclarar dudas sobre quienes tienen obligación de cotizar, cómo se pagarán las cotizaciones,  tener más precisiones sobre la gradualidad de la obligación a cotizar, entre otros temas. Junto a ello, muchos vieron con interés que el deber de cotizar también entregará beneficios. 

María Teresa Hola, abogada de la Unidad de Jurídica del Servicio de Salud, expuso algunos de los  cambios contemplados en la  ley  20.255 del año 2008, que indica que las personas que emitan boletas de honorarios estarán obligadas a realizar cotizaciones previsionales sobre el 80% de su renta imponible.

“Esto les permitirá acceder a los mismos beneficios que los trabajadores dependientes, es decir, derecho a pensiones de vejez e invalidez, seguridad laboral,  cobertura en el sistema de salud, y pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios, asignación familiar y opción a afiliarse a Caja de Compensación” apuntó la profesional. 

La abogada también explicó a los presentes  cuál será  la Renta Imponible considerada para el trabajador (a) que emite boletas de honorarios y esta corresponde “al 80% de la suma de las Boletas emitidas durante el año calendario, es decir,  enero a diciembre”.

Los funcionarios además pudieron informarse de cuáles son los aspectos a considerar para las personas que no están obligados a cotizar, por ejemplo, en funcionarios que registren una renta cuya suma de boletas de honorarios del año sea inferior a $281.250, entre otras condicionantes”. 

Finalmente la Subdirectora   de RRHH del SSA, Julia salas, informó  que en un futuro se espera seguir con asesorías previsionales a todos los funcionarios del Servicio de Salud que estén interesados.  



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