Martes 17 de Febrero de 2015.- En esta época se incrementa la compra de útiles escolares por parte de las familias. Por este motivo la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Atacama ha intensificado las fiscalizaciones a establecimientos y locales donde se venden este tipo de productos, principalmente adhesivos, pegamentos y pinturas de uso infantil y escolar.
Es por ello, que equipos de Autoridad Sanitaria, han llevado a cabalidad un programa de fiscalización en la región con el objetivo de verificar el cumplimiento de la normativa establecida para este tipo de productos.
En la ocasión el SEREMI de Salud (s) Omar Maldonado, explicó que “Este tipo de fiscalización tiene como objetivo resguardar la salud de la población, y en este caso, la de nuestros niños. En estas inspecciones hemos podido constatar que en general se cumple con la normativa vigente, ya que sólo hemos encontrado detalles menores en los lugares establecidos.”.
Además, señaló “Quiero hacer un llamado a los padres para que revisen la rotulación de aquellos productos que pueden tener solventes como son los pegamentos, los adhesivos, las siliconas, y otros elementos que pueden tener metales pesados como el plomo, recomendando a los padres y apoderados comprar siempre en locales establecidos.”
Cabe señalar, que el rotulado debe estar en español, donde se indique que no es toxico y, poner especial atención, en los componentes y materiales de fabricación, con instrucciones claras de uso y de referencias acerca de los componentes que tiene cada producto, para evitar así posibles riesgos para los niños.
Para efectos de la fiscalización de los artículos escolares con pintura, como temperas, acuarelas, plastilinas, lápices de colores, crayones u otro similar, se aplica el D.S. Nº374/97, del MINSAL, que en su artículo 3º indica que el Límite Máximo Permisible de Plomo en Pintura no podrá tener una
concentración superior a 0,06 %.
En el caso de productos de uso escolar y escritorio que contengan en su composición solventes orgánicos, tales como silicona líquida, adhesivos líquidos con solventes orgánicos, pegamentos con solventes orgánicos y otros, se aplica el D.S. Nº78/09, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas y el D.S. Nº144/85, que Reglamenta Producción, Distribución y Uso de los Solventes Orgánicos Nocivos para la Salud.
Además, es importante recalcar que los adhesivos y pegamentos de uso doméstico y escolar no pueden contener tolueno, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º del D.S. 754/98 que prohíbe su uso.
Para cualquier consulta, se debe llamar al SALUD RESPONDE al call center del Ministerio de Salud, al 600-360-7777.
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