Jueves 18 de Diciembre de 2014.- Todo comenzó en noviembre del año 2012, cuando en la casa de un consumidor domiciliado en la ciudad de Copiapó comenzaron a tener diversos problemas eléctricos.
Al principio, al momento de enchufar electrodomésticos, saltaban los switch de toda la casa. Sin embargo, este tipo de incidentes se agravaron con el paso de las semanas, dando lugar a cortes de suministro.
En enero del año 2013, la situación empeoró. Por ejemplo, al momento al enchufar un artículo, uno de los integrantes de la familia sufrió una fuerte descarga eléctrica. En otra ocasión, esta situación se repitió, pero sólo al apoyarse en el marco de una ventana.
Ante esta situación, el afectado interpuso el reclamo ante el SERNAC, organismo que pese a realizar las gestiones, no logró de parte de la empresa eléctrica una compensación, y sólo accedió a rebajar cobros por sobre consumo que se habían generado durante los meses que se produjo el problema.
Decepcionado ante la respuesta dada por la empresa, el afectado recurrió a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), la cual, tras una investigación, concluyó que la empresa no respetó el Reglamento Eléctrico al no resguardar la seguridad del consumidor y su grupo familiar. Por ello, la autoridad sectorial le aplicó a Emelat una multa de 150 U.T.M. (cerca de 6 millones 500 mil pesos)
Luego de esta sanción, el SERNAC decidió recurrir ante la justicia, denunciando el hecho ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Copiapó.
En su defensa, la empresa indicó que jamás había descuidado su obligación, manteniendo estrictos programas de mantención. Agregó que lamentablemente existen ocasiones donde el problema no es detectado sino hasta que existe un requerimiento del cliente, y que en este caso, apenas supieron del problema lo solucionaron de inmediato.
No obstante, tras analizar los antecedentes, el tribunal condenó a la empresa Emelat al pago de una indemnización de 2.500.000 pesos al consumidor, al considerar que infringió el derecho a la seguridad en el consumo y al actuar de forma negligente en la prestación del servicio al intervenir el inmueble y dejarlo energizado, con el consecuente riesgo para los moradores y sus pertenencias. Además, el juzgado le aplicó una multa a la empresa de 50 U.T.M. (cerca de 2 millones 160 mil).
Es importante destacar que el juez acogió la denuncia del SERNAC, sancionando a la empresa, pese a que ya la SEC ya le había aplicado una multa por el mismo tema. En tribunal argumentó que procedía una nueva multa, toda vez existía una mala prestación de servicio hacia el consumidor final.
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