Lunes 30 de Enero de 2012.- Este año se inició la gradualidad de la obligación de cotizar para quienes trabajan a honorarios, es por ello que el Instituto de Previsión Social comenzó a difundir y explicar el proceso de la implementación íntegra de esta normativa derivada de la Reforma Previsional.
De acuerdo a la Ley, en los años 2012, 2013 y 2014, los trabajadores a honorarios deberán cotizar voluntariamente para pensión y seguridad laboral, salvo que expresen lo contrario en la página del Servicio de Impuestos Internos. Sin embargo, a partir de Enero 2015 ya no se admitirán excepciones y todos los trabajadores que emitan boletas de honorarios deberán cotizar por ambos conceptos hasta el 2018, cuando también deberán cotizar obligatoriamente por salud.
Esto les permitirá acceder a los mismos beneficios que los trabajadores dependientes, es decir, derecho a salud, seguridad laboral, pensiones de vejez e invalidez y en el caso de fallecimiento, pago de la cuota mortuoria y pensiones de sobrevivencias; además otros beneficios como el derecho a la asignación familiar y de afiliarse a una caja de compensación.
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